Cuestionario: Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias Cuestionario: Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias 1. ¿Cuál es el objeto principal de las disposiciones del Título I sobre Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias en materia de justicia penal para adolescentes? a) Regular el proceso judicial ordinario para adolescentes. b) Definir los delitos cometidos por adolescentes. c) Regular los mecanismos alternativos que puedan derivar en un acuerdo reparatorio o plan de reparación y propuesta de condiciones para suspensión condicional del proceso. d) Establecer sanciones penales para adolescentes infractores. 2. Según el Artículo 83, ¿cuál de los siguientes NO es un principio de los mecanismos alternativos de solución de controversias para adolescentes? a) Honestidad del personal especializado en su aplicación. b) Punitividad en la aplicación de sanciones. c) Equidad en los procesos restaurativos. d) Enfoque diferencial y especializado. 3. ¿Cuáles son los mecanismos alternativos aplicables en materia de justicia para adolescentes, según el Artículo 84? a) Negociación y litigio. b) Mediación y procesos restaurativos. c) Arbitraje y conciliación. d) Juicio oral y amparo. 4. ¿Qué es la mediación según el Artículo 85? a) Un juicio sumario para adolescentes. b) La imposición de una solución por parte del facilitador. c) El mecanismo voluntario donde la persona adolescente, su representante y la víctima u ofendido buscan opciones de solución a la controversia. d) Un proceso obligatorio para resolver controversias. 5. Según el Artículo 89, ¿cuál es un requisito para la realización de la reunión conjunta en los procesos restaurativos? a) Un acuerdo reparatorio firmado previamente. b) La presencia de un juez. c) La imposición de una sanción previa. d) La aceptación de responsabilidad por parte de la persona adolescente. 6. ¿Cuáles son los modelos de reunión que se pueden utilizar para alcanzar un resultado restaurativo, según el Artículo 88? a) Sesiones de terapia individual y grupal. b) Juicios orales y amparos. c) Reunión víctima con la persona adolescente, junta restaurativa y círculos. d) Mediación, conciliación y arbitraje. 7. En la «Reunión de la víctima con la persona adolescente» (Artículo 90), ¿qué característica la distingue de otros modelos restaurativos? a) La intervención de operadores del Sistema de Justicia para Adolescentes. b) La participación obligatoria de la comunidad afectada. c) La ausencia de la comunidad afectada. d) Se centra exclusivamente en la imposición de sanciones. 8. ¿Cómo deben ser todas las sesiones de mediación, según el Artículo 87? a) Escritas y confidenciales. b) Grabadas en video para futuras referencias. c) Presenciales y sin posibilidad de encuentros separados. d) Orales. 9. ¿En qué situaciones se podrá utilizar el modelo de «Círculos» (Artículo 92)? a) Solo para controversias de menor complejidad. b) Únicamente cuando el número de participantes es reducido. c) Exclusivamente para resolver conflictos entre víctima y adolescente sin participación externa. d) Cuando se requiera la intervención de operadores del Sistema de Justicia para Adolescentes, cuando el número de participantes sea muy extenso o cuando el facilitador lo considere idóneo. 10. En las sesiones de mediación, ¿qué es lo único que se registrará, según el Artículo 87? a) Las opiniones de cada interviniente por separado. b) El historial completo de la controversia. c) El acuerdo alcanzado o plan de reparación y propuestas de condiciones por cumplir. d) Todas las conversaciones y discusiones. Enviar Respuestas Cuestionario: Mecanismos Alternativos de Solución de Controversias LNSIPJA